Si uno de tus propósitos de Año Nuevo es tener todas tus pertenencias en orden y para ello has decidido alquilar un guardamuebles, no dejes de leer este post en el que te contamos qué debe incluir el contrato de un guardamuebles.
No olvides que este contrato es un documento jurídico en el que se regula la relación entre la empresa y el cliente y se detalla el tipo de servicio que se contrata. Ambas partes deben conocer sus derechos y obligaciones y aquí te vamos a ayudar mediante un resumen de la información imprescindible que debe constar.
¿Cómo tiene que ser el contrato de un guardamuebles?
Como ya te contamos en este post, un guardamuebles no es lo mismo que un trastero. En este caso se trata de un espacio que está especialmente acondicionado para depositar, guardar y custodiar temporalmente los muebles y los enseres de la persona que lo contrata a cambio de abonar un pago determinado.
La empresa que alquila el guardamuebles tiene la obligación de conservar y reintegrar todos los objetos en el mismo estado en el que le fueron confiados, algo para lo que se debe realizar previamente un inventario detallado.
Pero al margen de este inventario, ¿qué debe constar en un contrato de este tipo?
1.- Identificación de las dos partes:
En el contrato debe constar el nombre y NIF del contratante (quien alquila el guardamuebles) y la empresa contratada (entidad que presta el servicio de alquiler de guardamuebles).
2.- Objeto del contrato:
También debe especificarse que el servicio incluye la guarda y custodia de una serie de bienes detallados en un inventario en unas condiciones concretas y a cambio de una determinada tarifa.
3.- Ubicación del guardamuebles:
En el contrato debe constar tanto la ubicación del guardamuebles como las características físicas y logísticas del espacio (metros, cerramiento, vigilancia, seguridad…).
4.- Duración del servicio:
Otro de los datos que deben aparecer en el contrato es la duración del servicio contratado así como las posibles condiciones de renovación automática para plazos de tiempo más prolongados.
5.- Condiciones económica:
Entre los datos que deben constar en el contrato de un guardamuebles se encuentran: la tarifa a aplicar durante la duración del contrato, la forma de pago y periodicidad del mismo, la revisión de la tarifa en caso de que el contrato se prorrogue más de un año, medidas a adoptar en caso de impago…
6.- Servicio de tasación de los bienes que son depositados en el espacio contratado:
Una tasación que las empresas de alquiler de guardamuebles realizan y que el cliente debe aceptar si está de acuerdo con la valoración realizada. El objetivo de esta acción no es otra que poder abonar al cliente una compensación económica acorde a su pérdida en el caso de producirse un siniestro (inundación, fuego…).
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